lunes, 9 de marzo de 2020
Famosos con coronavirus
domingo, 8 de marzo de 2020
Muñecas para Mujeres mayores de 40 años
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miércoles, 4 de marzo de 2020
Guantes contra el coronavirus
La primera vez con Durex
lunes, 2 de marzo de 2020
Ayudas por Maternidad en España 2.020: ayudas otorgadas por la Agencia Tributaria (Hacienda)
Mi niño jugará con un patito
Ayudas que otorga la Agencia Tributaria
Son ayudas que se solicitan en la Agencia Tributaria. Para ver con detalle los requisitos de cada ayuda, solo tienes que localizar tu oficina más cercana o entrar en la sede electrónica de la web de la Agencia Tributaria.
Ayudas a madres trabajadoras
Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años podrán solicitar una ayuda de 100€ al mes (o 1. 200€ de deducción en el IRPF). La única condición es estar dada de alta en la seguridad social (o en autónomos) incluso si solo se trabaja media jornada. Puedes ver la información completa en este apartado de la web de la AEAT.
Ayudas a familias numerosas
Se trata de una ayuda para familias 3 o más hijos y que, por tanto, posean el título de familia numerosa o familia numerosa especial. Se trata de una deducción de 1.200€ en la declaración de la renta que se puede cobrar mes a mes a razón de 100€ mensuales.
Esta ayuda irá aumentando en función de los hijo que tengas:
- 1.200€ para familias con 3 hijos o familias con hijos con discapacidad.
- 1.800€ para familias con 4 hijos.
- 2.400€ para familias con 5 hijos.
- 3.000€ para familias con 6 o más hijos.
Puedes ver la información completa en este apartado de la web de la AEAT.
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Ayudas por Maternidad en España 2020: ayudas que otorga la Seguridad Social
Yo tendría un hijo
Ayudas que otorga la Seguridad Social
Se trata de ayudas que se solicitan en la Tesorería de la Seguridad Social. Para ver con detalle los requisitos de cada ayuda, localizar tu oficina más cercana o entrar en la sede electrónica solo tienes que entrar en la web de la Seguridad Social.
Prestación económica por riesgo durante el embarazo
Si el puesto de trabajo implica un peligro para la madre o el futuro bebé, la empresa está obligada a cambiarla de puesto o, si ésto no fuera posible, una suspensión de contrato durante la cual, la futura mamá recibirá un 100% de la base reguladora de su salario siempre y cuando esté dada de alta en la Seguridad Social. Puedes leer más AQUÍ.
Prestación por Maternidad/Paternidad
Se trata de un perido de descanso remunerado en el caso de madres y/o padres que estén trabajando y se puede disfrutar en caso de maternidad, adopción, acogimiento o tutela. Durante este periodo se cobra el 100% de la base reguladora y, desde la sentencia del año pasado, está exenta de IRPF (y por cierto, si vuestros peques nacieron entre los años 2015-2017 podéis solicitar la devolución de ese IRPF, aquí tenéis toda ma información).
Desde el pasado Abril esta prestación recibe el nombre de "Prestación por Nacimiento y cuidado del menor"y tiene una duración de 16 semanas para las madres a las que se sumarán dos semanas extras por cada bebé en caso de parto múltiple y para los padres, desde le pasado 1 de Enero será de 12 semanas (en 2021 aumentará a 16 semanas para equipararlo al permiso de la madre).
En casos de parto o adopción múltiple, familias formadas por madre soltera o con discapacidad (superior a un 65%) se puede solicitar una ayuda que consiste en el pago único de 1000€ exento de retenciones. Se puede solicitar si no se supera el límite.
Ayudas por hijo a cargo
Se puede solicitar si tenéis menores de 18 años a cargo, ya sean hijos o menores en acogida. Para beneficiarse es necesario tener unos ingresos que no superen los 11.386 € al año teniendo un solo hijo. Si se tienen más el límite va aumentando. La ayuda consiste en 291€ al año divididos en dos pagas. Dicha cuantía se cobrará hasta el menor sea mayor de edad. Puedes consultar toda la información en este enlace de la web de la Seguridad Social.
Ayudas por menores con discapacidad
En este caso no hay que acreditar una renta mínima, solo el certificado de discapacidad del menor que debe ser superior al 33%. La ayuda consiste en un pago único de 1000€ al año (250€ trimestrales) que se incrementa según aumenta el grado de discapacidad. Puedes ver la toda información actualizada en este elace de la web de la Seguridad Social.
Permiso de lactancia
Aquellas madres que hayan superado su baja de maternidad y se reincorporen al puesto de trabajo tienen reconocido el permiso de lactancia. Se trata de una hora por cada jornada de trabajo o dos fracciones de media hora. Otra opción (que suele ser la preferida por las trabajadoras) es acumular dichas horas y reincorporarse más tarde al puesto de trabajo.
Para calcular los días solo habría que ir sumando 1 hora por cada jornada de trabajo efectiva hasta que el bebé cumpla los 9 meses. Eso sí, esta opción tiene que estar recogida en el convenio colectivo o pactarse con el empresario.
Desde el año 2019 ambos progenitores tiene derecho a este permiso de lactancia.